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Seguro de caución para alquiler: guía completa para propietarios e inquilinos

El seguro de caución reemplaza a la garantía propietaria. Para el inquilino es más fácil de conseguir. Para el propietario puede ser más seguro que un garante que no responde. Acá explicamos cómo funciona para cada parte.

¿Qué es el seguro de caución?

El seguro de caución es una póliza emitida por una compañía aseguradora que garantiza el pago del alquiler en caso de que el inquilino no lo haga. El propietario es el beneficiario de la póliza: si el inquilino deja de pagar, el propietario le reclama a la aseguradora, no al inquilino.

Funciona como alternativa a la garantía propietaria tradicional. En lugar de necesitar un garante con un inmueble libre de hipotecas, el inquilino contrata la póliza y presenta el certificado al propietario.

Es una garantía válida y bastante usada en el mercado, pero desde el DNU 70/2023 la ley no obliga al propietario a aceptarla: el art. 1196 del Código Civil y Comercial dejó la garantía como un punto de libre negociación entre las partes. Que el propietario acepte el seguro de caución en lugar de exigir garantía propietaria depende de lo que se pacte en el contrato.

Para inquilinos: cómo obtenerlo

El seguro de caución es especialmente útil si no tenés garantía propietaria o si tu garante no tiene inmuebles a su nombre en la misma provincia donde alquilás.

Paso 1: elegí la compañía

Las aseguradoras más conocidas que ofrecen caución para alquiler son ACG (Aseguradora de Créditos y Garantías), Crédito y Caución, Río Uruguay Seguros, Federación Patronal, San Cristóbal y Sancor Seguros. Los precios varían, comparar conviene.

Paso 2: presentá la documentación

DNI, recibos de sueldo o comprobante de ingresos de los últimos 3 meses, y el borrador del contrato. Las aseguradoras hacen una evaluación crediticia básica. Si trabajás en negro o sos monotributista con facturación irregular, puede ser más difícil.

Paso 3: pagá la póliza

El costo habitual es entre el 3% y el 6% del monto total del contrato (alquiler mensual × meses). Podés pagarlo en cuotas. Ese costo es tuyo como inquilino y no podés trasladárselo al propietario.

Paso 4: entregá el certificado

La aseguradora emite un certificado de cobertura que presentás al propietario antes o al firmar el contrato. El propietario no tiene obligación legal de aceptarlo — desde el DNU 70/2023 la garantía es de libre negociación (art. 1196 CCyCN) — pero en la práctica muchos lo aceptan porque amplía el universo de inquilinos disponibles.

Para propietarios: ¿conviene aceptarlo?

La pregunta clave es: ¿el seguro de caución es más o menos seguro que un garante tradicional?

Lo que cubre

  • check_circle Falta de pago de alquiler (típicamente entre 3 y 6 meses)
  • check_circle Daños al inmueble (con tope según póliza)
  • check_circle Expensas y servicios impagos (en algunas pólizas)

Limitaciones a tener en cuenta

  • warning El siniestro requiere proceso formal — la aseguradora tarda entre 30 y 90 días en pagar
  • warning El tope de cobertura puede no cubrir el alquiler actualizado si hubo ajustes significativos
  • warning Algunos siniestros requieren que el desalojo esté en proceso (variar según compañía)

En la práctica, el seguro de caución es más confiable que un garante informal (alguien que firma pero no tiene realmente con qué responder). Es menos líquido que el depósito en efectivo, pero más seguro que una garantía propietaria sobre un inmueble hipotecado. Si el inquilino tiene buen perfil y la aseguradora es solvente, es una garantía genuina.

Comparativa de garantías

Tipo de garantía Quién paga Ventaja para propietario Limitación
Garantía propietaria Nada (garante es voluntario) Activo real del garante es ejecutable Es título ejecutivo (vía más rápida que un juicio ordinario), pero si hay que ejecutar bienes del garante el proceso puede extenderse más de un año según la jurisdicción
Seguro de caución Inquilino (prima anual) La aseguradora paga directamente, sin juicio Proceso de siniestro tarda 30-90 días
Depósito en efectivo Inquilino (1-2 meses) Liquidez inmediata Monto limitado, se deprecia con inflación
Aval bancario Inquilino (honorario bancario) El banco responde directamente Muy difícil de obtener para inquilinos particulares

Preguntas frecuentes

¿El propietario me puede obligar a tener garantía propietaria en lugar del seguro? expand_more
Sí, puede. Desde el DNU 70/2023, la garantía de un alquiler quedó como un punto de libre negociación entre propietario e inquilino (art. 1196 CCyCN). No hay ninguna norma vigente que obligue al propietario a aceptar el seguro de caución si prefiere garantía propietaria: se acepta lo que se acuerde en el contrato. En la práctica, muchos propietarios aceptan el seguro igual porque amplía el universo de inquilinos posibles, pero es una decisión comercial, no una obligación legal.
¿Qué pasa con la póliza si el alquiler sube por un ajuste? expand_more
Este es un punto crítico. La póliza cubre el monto del alquiler al momento de contratarla. Si el alquiler se ajusta por IPC o ICL (por ejemplo, sube un 50%), la cobertura puede quedar desactualizada. Algunas aseguradoras ofrecen actualizar la suma asegurada con el ajuste del contrato, pero hay que pedirlo explícitamente y puede tener un costo adicional. Verificá este punto antes de elegir la compañía.
¿La aseguradora puede rechazar el siniestro? expand_more
Sí, en ciertos casos. Los motivos más frecuentes: el contrato no fue registrado correctamente, el inquilino dejó de pagar por causas excluidas en la póliza, o hay discrepancia entre el contrato presentado y el que se está ejecutando. Leer los términos de la póliza antes de firmar, especialmente las exclusiones, es esencial.
¿Se puede combinar el seguro de caución con el depósito? expand_more
Sí, y en contratos de alquiler alto es una práctica cada vez más común. El depósito da liquidez inmediata para situaciones menores (daños pequeños al finalizar el contrato), mientras que el seguro de caución cubre incumplimientos mayores de pago. La combinación da la mejor protección para el propietario, aunque tiene un costo mayor para el inquilino.

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