Generá la intimación de pago por alquiler atrasado, gratis y en segundos
Completá los datos, descargá el PDF y enviaselo a tu inquilino. Sin costo. El primer aviso no requiere cuenta.
El art. 1222 CCyCN exige un plazo mínimo de 10 días corridos. No se puede generar un aviso con menos.
Tu intimación está lista
Antes de enviarla: por sí sola (WhatsApp, email) no tiene efecto legal fehaciente. Para que la intimación cuente ante un eventual reclamo, enviala por Correo Argentino (carta documento) o un medio fehaciente equivalente — este PDF te sirve como borrador del texto exacto a enviar.
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Intimación de pago
—
Me dirijo a Ud. en mi carácter de locador/a del inmueble sito en —, a los efectos de intimar fehacientemente a — al pago de las sumas adeudadas en concepto de alquiler.
Períodos adeudados: —.
Monto adeudado: $ 0.
De conformidad con el art. 1222 CCyCN, intimo a Ud. para que dentro del plazo de 10 días corridos abone lo adeudado o restituya el inmueble.
Así se ve la intimación que recibe tu inquilino
Cómo funciona
Tres pasos, sin plantillas ni copiar y pegar.
Completá los datos
Períodos y monto adeudados, y el plazo para pagar. La vista previa se actualiza mientras tipeás.
Generá el PDF
La intimación queda armada con el formato de una notificación formal, citando el art. 1222 CCyCN.
Enviala por un medio fehaciente
Descargala y enviala por carta documento (Correo Argentino) para que tenga valor legal ante un eventual desalojo.
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Preguntas frecuentes sobre la intimación de pago
¿Qué es una intimación de pago por alquiler atrasado?
Es una notificación formal en la que el propietario reclama al inquilino el pago de los períodos adeudados, otorgándole un plazo para regularizar la deuda o restituir el inmueble, conforme al art. 1222 del Código Civil y Comercial de la Nación.
¿Cuál es el plazo mínimo para intimar el pago antes de iniciar un desalojo?
El art. 1222 CCyCN establece que el plazo no puede ser inferior a 10 días corridos desde la recepción de la intimación. Por eso este generador no permite valores menores a 10. Para tu caso particular, consultá a un abogado.
¿Este PDF tiene valor legal por sí solo?
No. Es un modelo orientativo, no reemplaza el asesoramiento de un abogado. Para que tenga valor probatorio ante un eventual reclamo judicial, enviala por carta documento de Correo Argentino u otro medio fehaciente equivalente.
¿Qué pasa si el inquilino no paga ni se va después del plazo?
Vencido el plazo sin pago ni restitución del inmueble, el propietario queda habilitado para iniciar las acciones judiciales correspondientes, incluida la demanda de desalojo. Te recomendamos asesorarte con un abogado antes de dar ese paso.
Antes de la intimación
El aviso cordial con punitorios, redactado y listo.